Víctor Figueroa presentó acusación y juez impuso penas en suspenso
En dos juicios orales el fiscal Víctor Figueroa acusó a dos hombres por violencia de género; el juez Javier Herrera los condenó a un año de prisión en suspenso.

El representante del Ministerio Público Fiscal ante el Juzgado Correccional N° 3, Víctor Figueroa, sostuvo la acusación en dos juicios orales contra dos hombres imputados por episodios de violencia de género. Tras el reconocimiento de los hechos por parte de los acusados, el juez Javier Herrera los condenó a un año de prisión en suspenso en ambos casos; por tratarse de causas vinculadas a violencia de género, los condenados no serán identificados para proteger a las víctimas.
Las audiencias se realizaron la semana pasada en la sala del Juzgado Correccional N° 3. Ante la confesión de los imputados, Fiscalía y la defensa, asistida por el Defensor Oficial N° 3 Miguel Leiva, renunciaron a producir pruebas y pasaron directamente a los alegatos, tras los cuales el tribunal dictó sentencia.
Detalles de las causas
En el primer debate el imputado llegó a juicio acusado en calidad de autor por los delitos de violación de domicilio y desobediencia a una orden judicial, en concurso ideal, y coacción y daños, en concurso real. Ese expediente tiene su origen en un hecho ocurrido en agosto de 2023 en la localidad de San Isidro, departamento Valle Viejo, donde se había dispuesto previamente una medida de restricción que, según la Fiscalía, fue incumplida en el marco de un contexto de violencia de género.
En el segundo caso, el acusado afrontó el debate por dos hechos de lesiones leves calificadas por mediar una relación de pareja y por amenazas simples, todo en concurso real y en calidad de autor. La investigación se vinculó con episodios ocurridos entre el 24 y el 25 de noviembre de 2024 en la zona sur de la ciudad Capital, que motivaron la imputación por lesiones y amenazas contra su expareja.
Medidas impuestas y seguimiento
Además de imponer la pena de un año de prisión en suspenso, el juez Javier Herrera estableció una serie de reglas de conducta y medidas de supervisión. Ambos condenados deberán someterse al control y seguimiento del Patronato de Liberados, abstenerse del consumo de estupefacientes o del abuso de bebidas alcohólicas y no mantener ningún tipo de contacto, directo o indirecto, con las víctimas.
El tribunal ordenó igualmente la prohibición de acercamiento a menos de 300 metros de los domicilios de las víctimas y dispuso la realización de tratamiento psicológico según las necesidades de cada caso, con el objetivo de prevenir la reiteración de conductas violentas. También se exigió la realización y acreditación de la capacitación en violencia de género prevista en el dispositivo interinstitucional Ley Micaela – Masculinidades en clave de cuidado.
Las condenas serán computables como antecedentes penales para los condenados. La continuidad del beneficio de la prisión en suspenso quedó condicionada al estricto cumplimiento de las reglas de conducta impuestas por el tribunal.